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El Parlamento de la UE aprueba reducciones importantes del alcance para CSRD y CSDDD


El Parlamento Europeo ha aprobado el primer paquete de simplificación Omnibus, que introduce revisiones significativas a la Directiva de Informes sobre Sostenibilidad Corporativa (CSRD) y la Directiva de Diligencia Debida en Sostenibilidad Corporativa (CSDDD). Se espera la aprobación final del Consejo en breve, después de lo cual las medidas entrarán en vigor 20 días después de su publicación en el Diario Oficial de la UE.

Estos cambios reducen las cargas administrativas, elevan los umbrales y retrasan los plazos de aplicación —reduciendo sustancialmente el número de empresas obligadas a informar bajo el CSRD y cumplir con las obligaciones de diligencia debida del CSDDD.

Actualizaciones del CSRD: Reducciones de Alcance y Requisitos Simplificados

A principios de año, las instituciones de la UE acordaron retrasar las obligaciones del CSRD por dos años bajo un mecanismo de “pausa temporal”. También se aprobó una solución rápida para posponer ciertos requisitos de las ESRS (Normas Europeas de Información sobre Sostenibilidad) para las empresas que informan en 2026.

El paquete de simplificación aprobado introduce cambios estructurales más profundos.

Reducción del Alcance del CSRD (Aproximadamente 90%)

Los nuevos umbrales reducen drásticamente la cantidad de empresas incluidas en el alcance.

Umbrales Actualizados del CSRD

Empresas y grupos de la UE

Empresas matrices no pertenecientes a la UE

Umbral de empleados

1000+

n.a.

Umbral de facturación

450 millones € de facturación neta mundial

Facturación neta en la UE de al menos 450 millones € en los últimos dos años, y

Tiene una entidad en la UE que genera >200 millones € de facturación neta el año anterior

Cronología

Informe del año fiscal que comienza el 1 de enero de 2027

Informe del año fiscal que comienza el 1 de enero de 2028

Simplificaciones Adicionales del CSRD

Actualizaciones del CSDDD: Alcance Reducido y Obligaciones de Diligencia Debida Reducidas

La línea de tiempo de implementación del CSDDD se retrasa un año, hasta julio de 2029

Reducción del Alcance del CSDDD (Aproximadamente 70%)

Umbrales Actualizados del CSDDD

Grupo 1 Empresas de la UE

Grupo 2 Empresas no pertenecientes a la UE

Grupo 3 Franquiados y licenciadores

Umbral de empleados

5000+

n.a.

n.a.

n.a.

Umbral de facturación

1.5 mil millones € de facturación neta mundial

1.5 mil millones € de facturación neta mundial

275 millones € de facturación neta y >75 millones € en regalías

>75 millones € en regalías

Requisitos Simplificados del CSDDD

Qué Significan Estos Cambios para las Empresas

Aunque muchas menos empresas caen directamente bajo el CSRD o el CSDDD después de las reducciones de alcance, las expectativas de informes y diligencia debida siguen siendo altas. Las empresas aún deben abordar:

Para mantener la resiliencia a largo plazo, las empresas deben continuar:

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Preguntas Frecuentes

P1. ¿Cuándo entran en vigor los nuevos requisitos de informe del CSRD?

Las empresas de la UE deben comenzar a informar para los años fiscales a partir del 1 de enero de 2027. Las empresas no pertenecientes a la UE comenzarán para los años fiscales a partir del 1 de enero de 2028.

P2. ¿Cuántas empresas siguen incluidas en el alcance del CSRD después de los cambios?

El alcance se ha reducido en aproximadamente un 90%, impulsado por el aumento de los umbrales de empleados y facturación.

P3. ¿Cuál es la nueva cronología de cumplimiento del CSDDD?

La fecha de transposición y aplicación del CSDDD se ha retrasado un año, ahora aplicable a partir de julio de 2029.

P4. ¿Se siguen requiriendo planes de transición climática bajo el CSDDD?

No. Se ha eliminado el requisito de adoptar un plan de transición climática.

P5. ¿Las empresas todavía necesitan mapear toda su cadena de suministro?

No. La actualización del CSDDD elimina el mapeo completo de la cadena de suministro y se enfoca en cambio en los riesgos más probables o severos, consistente con un enfoque basado en riesgos.


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